Despidos | Indemnizaciones
La Ley Argentina protege al trabajador en las distintas situaciones que pueden surgir producto de una relación laboral. Algunas de ellas son la enfermedad, jornada laboral, modalidad de pago y LOS DESPIDOS.
¿Cuántos días de vacaciones te corresponden?
Las vacaciones se calculan teniendo en cuanta la antigüedad en el trabajo. Entonces:
• Si tu antigüedad es menor a 6 meses: un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo.
• De 6 meses a 5 años de antigüedad: 14 días corridos.
• Más de 5 años hasta 10 años de antigüedad: 21 días.
• Más de 10 años hasta 20 años de antigüedad: 28 días.
• Más de 20 años de antigüedad: 35 días
¿Cómo se calculan las vacaciones?
Cálculo de las vacaciones: tomar tu mejor sueldo, dividirlo por 25 y posteriormente multiplicarlo por la cantidad de días de vacaciones que te corresponden.
¿Cómo se calcula y cuando se paga el aguinaldo?
Será liquidado sobre el cálculo del (50%) de la mayor remuneración mensual devengada en cada semestre. El aguinaldo será abonado en 2 cuotas la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.
¿Cuál es la diferencia entre despido directo e indirecto?
La principal diferencia entre ambas formas de ser despedido radica en que EL DESPIDO DIRECTO sucede cuando el empleador NOTIFICA DE FORMA FEHACIENTE Y DIRECTA la voluntad de finalizar el vinculo laboral.
En cambio el DESPIDO INDIRECTO se produce cuando el EMPLEADO INTIMA AL EMPLEADOR a regularizar la relación laboral porque la misma se encuentra mal registrada o directamente NO ESTA REGISTRADA.
¿Cómo calcular tu indemnización si fuiste despedido sin causa?
La ley de contrato de Trabajo establece en su artículo 245 que para calcular la indemnización, deberá tomarse LA MEJOR REMUNERACIÓN DEL ULTIMO AÑO (Sin contar aguinaldo y vacaciones) y multiplicarla por la cantidad de años que el empleado prestó servicios para el empleador. Si la fracción es mayor a 3 meses, se considera un año más, es decir, se trabajaste 1 año y 4 meses, tenes 2 años de antigüedad.
A eso habrá que sumarle el preaviso (si es que no hubo), el proporcional de las vacaciones y el proporcional del SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO.
Este cálculo es APROXIMADO ya que cada caso requiere un análisis en particular. Conociendo la situación de contratación en la argentina, puede que muchas liquidaciones SEAN INCREMENTADAS por las multas provenientes de la FALTA DE REGISTRACIÓN, TRABAJO EN NEGRO, ETC.
Te acompañamos y asesoramos desde el inicio de tu reclamo hasta tener una indemnizacion correspondiente. Contactanos.